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DIVORCIO Y VACACIONES DE LOS HIJOS, ¿QUÉ DERECHOS ME ASISTEN DURANTE ESTE PERIODO?

Con la llegada de la época estival surge una de las principales fuentes de conflicto en padres separados o divorciados legalmente: las vacaciones de los hijos .

Tras una separación o divorcio siempre existe un Convenio Regulador , es decir, un documento donde se incluyen todos los aspectos económicos y personales por los que se van a regir los ex cónyuges y sus hijos: atribución de la vivienda familiar, guarda y custodia de los niños, pensiones que en sus caso pudieran establecerse, etc.
En el Convenio se establece cuál será el régimen de guarda y custodia, que puede ser compartida por ambos progenitores (solución preferida por los Tribunales) o atribuida a solamente uno de ellos. En este último caso, el progenitor que no ostente la custodia tendrá derecho a que se establezca un régimen de visitas con los hijos.

En cuanto a las vacaciones, normalmente el Convenio ya recoge cómo se van a distribuir los principales periodos del año, como las Navidades y el verano . En un régimen de visitas normalizado o estándar, la solución consiste en que el progenitor no custodio tenga derecho a fines de semana alternos, una o dos tardes por semana y, finalmente, la mitad de las vacaciones. En resumen: lo habitual suele ser que el niño pase con cada progenitor la mitad de las vacaciones de verano .

En cualquier caso tengamos en cuenta que cada situación es única y que el Juez puede modificar estas medidas si lo considera necesario. Se tiene especialmente en cuenta la edad del menor, sobre todo cuando este aún es lactante o de muy corta edad, puesto que en estos últimos casos no suele aplicarse un régimen que incluya pernoctas (es decir, dormir en casa del otro progenitor.

Si tiene alguna o comentario sobre el tema expuesto le invitamos a ponerse en contacto con nosotros.

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